27 de agosto de 2013

SSA: ¿contra el derecho a la salud y los derechos de la infancia?

SSA: ¿contra el derecho a la salud y los derechos de la infancia? | SinEmbargo OPINIÓN:
Por: Alejandro Calvillo - agosto 27 de 2013 - 8:08
Calvillo en Sinembargo, LOS ESPECIALISTAS - Sin comentarios



En el enfrentamiento que se desarrolla entre la industria procesadora de alimentos y bebidas y los gobiernos, especialistas y asociaciones que promueven la salud pública impulsando regulaciones que modifiquen las condiciones que han generado la epidemia de obesidad que vivimos, hay dos argumentos centrales: las empresas defienden su derecho a la libertad de comercio y los demás el derecho a la salud, el derecho a la alimentación saludable y los derechos de la infancia.

Al promoverse regulaciones desde el Estado, como la propuesta de establecer que solamente alimentos y bebidas que cumplan ciertos criterios nutricionales puedan estar al interior de los planteles escolares, estas controversias han llegado a los tribunales impulsadas por quienes defienden las libertades comerciales.

En la región de América Latina existe ya un caso ejemplar, el de Costa Rica. Frente a la iniciativa de sacar la comida chatarra de las escuelas de ese país, los encargados de la oferta de alimentos al interior de los planteles escolares, incitados y apoyados por la industria procesadora de alimentos y bebidas, apelaron ante la Corte Constitucional esta regulación. La Corte Constitucional de Costa Rica respaldó la regulación concluyendo en su sentencia:

“El Estado debe velar por la salud de los habitantes del país, especialmente de los menores de edad, por lo que puede restringir, –como en este caso– dentro de los centros educativos, la libertad de comercio, a los concesionarios de sodas de estos centros de estudio, sobre la base de las potestades conferidas a la Administración en el ordenamiento jurídico, en el marco de una relación de sujeción especial, realizando una adecuada ponderación entre el interés superior del niño, niña y adolescente, y la libertad de comercio. En cuyo caso tiene un papel más relevante el interés superior del menor, en relación con la libertad de comercio la cual debe estar circunscrita a los objetivos institucionales, tales como apoyar al educando en su formación integral, la cual no sólo implica la enseñanza en las ciencias y letras, sino también en los buenos hábitos alimenticios que conforman en gran medida la base de la salud del ser humano”. (p. 15 de la sentencia)

fuente: http://www.sinembargo.mx/opinion/27-08-2013/16981
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