México, DF. El inicio de la discusión de la reforma energética se pospuso para mañana, según confirmó el presidente de la comisión de Energía del Senado, el priista David Penchyna.
Ello debido a que el PRD exigió que se ajusten al reglamento del Congreso, en el que se especifica que las reuniones de comisiones deben citarse con 24 horas de anticipación.
El perredista Alejandro Encinas, secretario de la comisión de Puntos Constitucionales, recalcó que el debate debe ajustarse a los tiempos y ser amplio y generalizado, dada la magnitud de la reforma constitucional que se pretende.
Expuso que ante ello considera que la reforma energética deberá discutirse en comisiones jueves y viernes, a fin de que el domingo se le dé primera lectura y lunes se vote ante el pleno.
Paralelamente, los perredistas dieron a conocer que enviaron cartas a las compañías trasnacionales que se sabe están interesadas en invertir en la explotación del petróleo, así como a congresistas estadounidenses, en las que advierten que habrá una consulta nacional en torno a la privatización del petróleo, que puede revocar la reforma que PRI y PAN impongan.
El senador Luis Sánchez recalcó que tanto las trasnacionales como los senadores estadounidenses deben tener muy en claro que no hay certidumbre jurídica en las inversiones que eventualmente pudieran hacer en México en materia petrolera.
En una de las cartas, dirigida al presidente del Comité de Comercio, Ciencia y Transporte del Senado de Estados Unidos, Jay D. Rockefeller IV, los perredistas le hacen notar que la reforma energética que pudiera obtener el presidente Peña Nieto del Congreso “no sería definitiva en tanto hay una parte de los mexicanos, en uso del derecho que nos otorga la Constitución, estamos satisfaciendo los requisitos legales para llevar el tema a consulta popular”.
Le advierten también que en ese sentido no operan los términos establecidos en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) en su capítulo once, donde se señalan los términos para proteger las inversiones de ambas partes así como las indemnizaciones correspondientes en casos extraordinarios.
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