16 de diciembre de 2010

CHIHUAHUA ACEPTA COMO PRUEBA CONFESIÒN ANTE GORILAS DEL EJERCITO ¿TEHUACANAZO LEGAL SIN INVESTIGACION?

Toman confesión como prueba legal | Local | Diario.com.mx
Toman confesión como prueba legal
Sandra Rodríguez Nieto
El Diario | 16-12-2010 | 00:29

Dos reos acusados de ser multi-homicidas enfrentarán un juicio oral en el que sólo pesarán en su contra sus propias confesiones rendidas en 2009 en la guarnición militar de esta frontera.

Los procesados son Rodolfo Sierra Archuleta, alias “el 31”, y Pedro Eduardo Martínez Gordillo, alias “El Medio”, que fueron detenidos por el Ejército Mexicano en octubre de 2009, cuando se les atribuyó la comisión de 55 homicidios.

A la fecha, sin embargo, ambos han sido procesados sólo por siete casos distintos; uno de ellos, el doble homicidio registrado la noche del 17 de septiembre de 2009 en el bar Ónix, caso por el cual se realizó ayer una audiencia intermedia destinada a determinar qué pruebas pueden ser aceptadas en el juicio oral.

En la audiencia de ayer se pudo observar que, más de un año después de que los indiciados fueron detenidos, el ministerio público tiene en su contra sólo las confesiones que ambos rindieron en la guarnición militar y que, como han declarado en otras etapas judiciales, resultaron después de horas de tortura del personal castrense.

Una reforma al artículo 363 del Código de Procedimientos Penales hecha en enero pasado, sin embargo, permite que ahora en los juicios orales sí se introduzcan ese tipo de confesiones, o “registros donde conste la declaración del imputado prestada de conformidad con las reglas”.

La aplicación de esta reforma a personas detenidas antes de enero pasado -sobre todo los aprehendidos por el Ejército Mexicano y que supuestamente confesaron decenas de homicidios- ha sido considerada como anticonstitucional por los defensores de los procesados.

Por eso ayer, y como ha ocurrido en otras audiencias, el defensor público de Sierra y de Gordillo solicitó que se excluyeran del juicio oral las confesiones –registradas en video- ya que, permitirlas, dijo el abogado Ricardo García, violentaría el derecho constitucional de los indiciados a la no irretroactividad de la ley –garantizado en el artículo 14 Constitucional-, ya que ellos fueron detenidos antes de la modificación.

El agente del ministerio público Hugo Sigala, sin embargo -y también como se ha argumentado en otros casos en los que se aplica la reforma al 363- citó una jurisprudencia que indica que, cuando la modificación es procesal, no se vulnera el artículo 14.

Al final, el juez Ever Sandoval concedió la razón al agente del ministerio público, y aceptó la presentación de las confesiones videograbadas en la guarnición militar como pruebas en el juicio oral, cuya fecha aún no se determina.

“La reforma la hicieron los legisladores. A lo mejor si vienen los maestros chilenos –que capacitaron al personal judicial en el nuevo sistema de justicia penal- y ven el Código les da un infarto, pero la ley la hizo la sociedad a través de sus representantes”, dijo Sandoval en breve entrevista, en la que agregó que la reforma obedece a los ajustes que se han considerado necesarios ante el clima de violencia que vive el estado.

El caso que se juzga ocurrió en el bar Ónix la madrugada del 17 de septiembre, cuando fueron asesinados a balazos Jesús Martín Cuevas González, de 46 años de edad, y Aldo Ángel Mireles Rodríguez, de 37, quienes fueron señalados como empleados de dicho establecimiento.


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