ahumada ductos de pemex (Photo credit: trianero2) |
Escrito por Índice Político en 19 marzo, 2013. Publicado en Francisco Rodríguez
Con leves muy leves variantes, el texto del Artículo 27 Constitucional reza así desde hace 75 años: “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva. Corresponde exclusivamente a la Nación generar, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. En esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares y la Nación aprovechará los bienes y recursos naturales que se requieran para dichos fines.”
Pero tales son “rezos” que no se cumplen cabalmente.
En materia de energía eléctrica, por ejemplo, desde el zedillato son los llamados productores independientes –en su mayoría extranjeros– quienes llevan todas las de ganar. La Comisión Federal está obligada a adquirir sus excedentes, por lo que ha dejado de producir electricidad en las grandes presas del sureste, causa principal de las inundaciones que casi cada año asuelan a gran parte del territorio de Tabasco y parcialmente de Chiapas.
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http://www.indicepolitico.com/privatizar-otra-vez-a-pemex/
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