21 de enero de 2013

Millonarios ZOPILOTES de la SUPREMA CORTA dejan a miles de ciudadanos sin derecho a fianza

Fallo de Corte impedirá derecho a fianza a miles de acusados | Nacional | Diario.com.mx:

Reforma | 2013-01-21 | 14:05
Distrito Federal— La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó hoy jurisprudencia que impedirá la libertad bajo fianza de decenas de miles de acusados por delitos no violentos, pero clasificados como graves, al aclarar la confusión generada por una reforma de julio de 2011 al artículo 19 de la Constitución.





Con 6 votos contra 5, el Pleno de la Corte estableció que la reforma a dicho artículo sólo está vigente en los estados en los que ya opera el nuevo sistema acusatorio de justicia penal, que se terminará de implementar en todo el País hasta 2016, siempre y cuando la Legislatura estatal ya hubiera publicado la declaratoria de vigencia de dicho sistema.

El artículo 19 establece que sólo serán sujetos a prisión preventiva los acusados por ciertos delitos violentos previstos en la propia Constitución, y que en los demás casos, la regla general será el derecho a estar libre bajo fianza mientras se desahoga el juicio.

Con el fallo de hoy de la Corte, esta regla no aplicará en los 20 estados donde aún no opera el nuevo sistema penal, ni a nivel federal, sino que seguirán vigentes los catálogos de delitos graves contemplados en los códigos penales.

Actualmente, sólo 12 estados han implementado el nuevo sistema en la práctica, pero la mayoría solo para algunos delitos o en algunos municipios.

Los posibles beneficiarios del criterio que hoy fue derrotado incluían a miles de acusados por delitos como robos menores no violentos, fraudes, delitos financieros, piratería y muchos otros, que no permiten libertad bajo fianza por estar contemplados en los códigos como graves.

El tema provocó siete contradicciones de tesis entre tribunales federales, y en la Corte, la Primera Sala lo discutió varias veces el año pasado sin llegar a dictar sentencia, no obstante que tres de sus integrantes se pronunciaron hoy por la plena vigencia de la reforma, y ese grupo hubiera bastado para sacar el caso en dicha Sala.

La mayoría de Ministros sostuvo hoy que la reforma penal de junio de 2008 es integral, y no se puede implementar de manera "parcial y desarticulada" lo referente a la prisión preventiva y libertad provisional, si antes no ha entrado en funciones el resto del sistema acusatorio.

"La reforma de 2011 solo incorporó al catálogo de delitos de la Constitución el de trata de personas, sin que ello quiera decir que todo el sistema acusatorio cobró vigencia, ni que se hubiera superado la necesidad de declaratoria por las Legislaturas locales", afirmó Jorge Pardo, autor de la sentencia.

La minoría replicó que el transitorio de la reforma de julio de 2011 claramente indica que el artículo 19 entrará en vigor al día siguiente de la publicación, y que en el Congreso no se hizo una sola mención a que se tuviera que aguardar a la implementación del sistema acusatorio.

Olga Sánchez Cordero y Arturo Zaldívar recordaron que las cárceles mexicanas están llenas de acusados que no han sido declarados culpables, y que a nivel internacional, la prisión preventiva es excepcional.

"La impunidad es que al final no se condene al culpable, pero la impunidad no se da porque quienes no han sido declarados culpables, sean procesados en libertad", dijo Zaldívar.

"Me parece un régimen muy injusto, en el que de entrada se castigue a alguien con la prisión, sin que se haya demostrado plenamente su culpabilidad".

José Ramón Cossío y Juan Silva Meza, por su parte, destacaron que el tema de la prisión preventiva siempre ha estado en la Constitución y es independiente a la cuestión del sistema acusatorio de juicios orales

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