15 de septiembre de 2012

Pago por hora, la trampa del PRIAN contra los trabajadores

Secretary of Labor (Mexico) Français : Secréta...
Secretary of Labor (Mexico) Français : Secrétariat du Travail et de la Prévision Sociale du Mexique (Photo credit: Wikipedia)
Pago por hora no atomizará el salario: STPS: El pago por hora no busca "atomizar" el salario mínimo, pues así la jornada laboral dure sólo dos horas, el patrón debe pagar el salario mínimo, afirma la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).
Sin embargo, especialistas aseguran que el pago por hora, tal y como lo plantea la propuesta de reforma laboral, es inaplicable jurídicamente y afecta la estabilidad salarial de los trabajador.
Rafael Avante, subsecretario del Trabajo, afirma que la propuesta de pago por hora "no es una novedad. Más bien lo que se está buscando es precisar el alcance del concepto unidad de tiempo a una hora".



La propuesta no pretende pagar a los trabajadores siete u ocho pesos la hora, como resultado de fraccionar los 60 pesos diarios que es el salario mínimo, sino "precisar" el pago por el servicio por hora, que es algo que ya está estipulado en el artículo 83 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), subraya.
En contraste, especialistas afirman que el pago por hora sí pretende fraccionar el salario, y cuestionan que con esa modalidad de contratación se deja en la incertidumbre a los trabajadores respecto a con qué cantidad de salario van a cotizar al Seguro Social, el Infonavit o las Afore.
Actualmente, empresas como McDonalds, KFC, Pizza Hut, Cinemex, OXXO, 7 Eleven, La Feria de Chapultepec, entre otras, contratan los servicios por hora de jóvenes, principalmente, para trabajar como cajeros, vendedores o para preparar alimentos por un salario que va desde los siete hasta los 20 pesos por hora.
Carolina Barrera obtuvo su primer empleo en La Feria de Chapultepec en las recientes vacaciones de verano. Por cada hora trabajada le pagaban siete pesos, por lo que al mes percibía un sueldo promedio de mil 500 pesos, los cuales "a veces ni recibía completos, porque si hacía falta dinero en la caja de dulcería, me los descontaban aunque no fuera mi culpa".
La joven, de 21 años de edad, dice que no volvería a emplearse en ese parque de diversiones, ya que son contratos temporales en los que a veces "uno más bien paga por trabajar. Además me quedaron a deber dos mil pesos de un mes de trabajo. Es el día que no me han pagado ese dinero, aunque la verdad creo que ni me lo pagarán".
Polémica
En entrevista con EL FINAN- CIERO, Avante afirma que el propósito de la reforma no es "atomizar" el salario mínimo y que el patrón pueda pagar menos de esa cantidad.
Argumenta que en la LFT los artículos 5, 85, 90, 97 y 1004 suscriben muy puntual y expresamente que el trabajador no puede recibir menos de un salario mínimo.
-Pero entonces ¿dónde está el beneficio para el empleador?
-El beneficio de esta modalidad está en que se puede aplicar en los trabajos complejos y especializados, donde la empresa requiere el apoyo del trabajador para determinados momentos de la jornada o actividades donde vas a pactar con el trabajador un precio por hora, pero ese precio que se va a pactar, además de que va en función de la naturaleza de la actividad que vas a realizar, jamás va a ser inferior al mínimo.
Alberto García, asesor en temas laborales en la Cámara de Diputados, refuta las explicaciones de la STPS, y asegura que no es aplicable el pago por hora como lo sustenta el gobierno federal, ya que hay una "duplicidad" entre lo que se va a entender como el pago del salario mínimo por una jornada máxima de ocho horas, y el pago por hora con un sueldo básico equivalente a un salario mínimo.
Alfonso Bouzas, investigador de la UNAM, afirma que legalizar el pago por hora vulnera la estabilidad en el empleo, y en algunos casos los trabajadores no contarán con contrato o con seguridad social.
En este último caso resalta que la Ley del Seguro Social no contempla la cotización por hora.
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