25 de julio de 2012

LA JURISPRUDENCIA EN EL CASO PEÑA   -  Aarón Castañón

@juárez.com:

LA JURISPRUDENCIA EN EL CASO PEÑA

Aarón Castañón

Ayer un amigo abogado me estuvo explicando durante un largo tiempo el significado y la aplicación de un término que no me había quedado muy claro, este es la “jurisprudencia”, el cual me detallaba que son aquellos criterios tomados de los fallos en juicios anteriores  que sirven como norma en las prácticas seguidas en casos iguales o parecidos, bla bla bla, y de pronto estos días me puse a pensar en un escenario hipotético… espero que no pase de ser hipotético más allá de mis filias y mis fobias, pues cuando lo que está en juego es el país, difícilmente se podría estar en desacuerdo sobre el destino que quisiéramos para quienes nos siguen.



Es el año 2018, Joaquín Guzmán y un grupo de sus operadores entran al juzgado, custodiados fuertemente por encapuchados armados quienes rodean a los personajes en cuestión:
Todas las pruebas están ya resueltas y comprobadas, parece ser la hora de escuchar la sentencia sin que mayor debate surja en la decisión de culpabilidad, de pronto el abogado defensor pide la palabra y el juez no tiene más que concederla:


Su Señoría, hemos escuchado detalladamente durante este tiempo las argumentaciones que inculpan a mi cliente, antes del fallo del jurado y en base a las pruebas presentadas y corroboradas por los testigos, las cuales son básicamente tres: 1.- Homicidio intelectual, 2.- Lavado de Dinero, y; 3.- extorción de funcionarios públicos para fines ilícitos.

Me permito sólo alegar los siguientes aclaratorios: para el caso de la culpabilidad de mi cliente en el caso del homicidio intelectual, cito de manera categórica el resolutivo del caso Atenco del 3 y 4 de Mayo de 2006, donde el C. Enrique Peña Nieto fuera exonerado de dicho cargo dado que, al igual que mi cliente, sólo quería reprimir a los hoy occisos a manera de castigo ejemplar, excediéndose por parte de los ejecutores de la orden quienes son en realidad los culpables del homicidio y no mi cliente.

Para el caso 2 sobre la responsabilidad de lavado de Dinero, cito el caso MONEX del 16 de Junio de 2012, en donde se exonera de toda responsabilidad al C. Enrique Peña Nieto y libera de todo cargo al no encontrar culpa en la trasferencia de recursos a particulares bajo ninguna circunstancia y sin importar el origen de los recursos depositados, de la misma forma, las instituciones bancarias que han servido de intermediarias para dichas trasferencias de dinero, quedan sin responsabilidad alguna y se desecha la sospecha del origen de los recursos dada la falta de datos contundentes que una cuenta y las trasferencias no representan por si solas.

Restando sólo el inciso tres en que se inculpa a mí cliente por extorción de funcionarios públicos para fines ilícitos, ya que dados los antecedentes del juicio del C. Enrique Peña Nieto en Junio y Julio de 2012 y de la exoneración recibida a los 16 gobernadores PRIístas en el caso del desvío de recursos de los estados para la campaña de su candidato, se alega en su conjunto que:

Existe la suficiente materia jurisprudencial proscrita y de reciente fallo, como para suponer una aplicación similar para mi cliente, por lo tanto, una vez que se revise dicho alegato y sabedores de la resolución de su inmediata libertad, quisiéramos agregar a la sentencia, la reinstalación inmediata de los derechos políticos del C. Joaquín Guzmán Loera a fin de que pueda participar como candidato a la presidencia para el periodo 2018-2024…

Pregunté a un abogado sobre esta posibilidad y con mucha preocupación me miró diciendo que lo iba a consultar, sea cual sea el resultado de la consulta, el riesgo de que pasemos por alto una falta tan grave como el financiamiento ilícito con el fin de ganar una elección presidencial es en todos sentidos algo que debe encender las alarmas, si acaso queremos marcar como precedente histórico el imponer la ley para lograr la justicia y no legalizar la injusticia para imponer a un criminal en la silla. Ante cualquiera de las dos opciones, estaremos tomando una decisión cuyas consecuencias cargaremos y habremos de responder por ellas.


aaronmariano@hotmail.com

'via Blog this'

Puedes tomar libremente todo el contenido del blog. Tu contribución permite que este sitio continúe TRABAJANDO: http://bit.ly/I18mv8

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

#Dontriananews gracias por escribirnos