15 de septiembre de 2011

TRIBUNAL ELECTORAL YA TRABAJA EN FAVOR DEL PRI CON PROMOCIONALES ELECTORALES

La Jornada: El TEPJF da la razón a la CIRT y anula reformas sobre espots:

El TEPJF da la razón a la CIRT y anula reformas sobre espots
Los magistrados también respaldan a PRI y PVEM, partidos que se habían inconformado
El instituto no explicó de manera suficiente su actuar e incluyó afirmaciones dogmáticas
Fabiola Martínez
Periódico La Jornada
Jueves 15 de septiembre de 2011, p. 5
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la reforma al reglamento de acceso a la radio y la televisión delineada por el Instituto Federal Electoral (IFE), con la cual se reducen los plazos para la transmisión de promocionales.

Con esta resolución, tomada por unanimidad de los siete magistrados que integran la sala superior del tribunal, se otorga la razón a los concesionarios y permisionarios de la Cámara de la Industria de la Radio y la Televisión (CIRT), así como al PRI y al PVEM, que habían alegado que no fueron consultados y muchos de los radiodifusores no tenían los recursos para cumplir con las órdenes de transmisión reducidas de cinco a tres o dos días, incluso.

Los magistrados avalaron totalmente la ponencia de Flavio Galván, en la cual se advierte que el IFE no explicó de manera suficiente las razones de su actuar e incluyó afirmaciones dogmáticas, además de no justificar debidamente esa reforma con el fin de aclarar la factibilidad de los nuevos plazos para la entrega de materiales y la transmisión de los espots.

Tras una amplia exposición, se revocó el acuerdo del IFE (tomado el 27 de junio pasado) y, en consecuencia, se indica que el vigente es el aprobado en agosto de 2008.

El tribunal ordenó al instituto que si quiere modificar el reglamento, deberá hacer una amplia consulta a concesionarios y permisionarios, toda vez que en este caso incumplió con este deber al no pedir opinión con las formalidades mínimas y tiempo razonable para aplicar la consulta, no sólo a los radiodifusores, sino a los especialistas en esa materia.

De esta forma, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación dio respuesta a 303 recursos de apelación interpuestos contrar este reglamento (al final 263 fueron válidos) por parte de empresarios y partidos que se opusieron a agilizar el eventual cambio de promocionales que le hicieran los actores políticos.

Uno a uno, los magistrados restaron validez a los alegatos del IFE, que estableció que la enmienda en cuestión tenía como objetivo agilizar el modelo de radio y televisión derivado de la reforma de 2008; argumentó que los radiodifusores registran un cumplimiento de transmisión de 97 por ciento y que incluso los afiliados a la CIRT tenían la capacidad de acatar las medidas cautelares dictadas por el instituto en un promedio de 33 horas. Tampoco dieron validez al alegato esgrimido por el organismo electoral en el sentido de que las dos principales televisoras del país ofrecen en sus planes comerciales transmitir un espot al siguiente día de haber recibido el material publicitario.

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