21 de febrero de 2011

EL DIPSOMANO CALDERON RECIBE DE LEVANTADEDOS DEL CONGRESO PODER PARA ESTABLECER ESTADO DE EXCEPCION

Podrá FCH imponer estado de excepción | El Economista
Podrá FCH imponer estado de excepción
20 Febrero, 2011 - 21:31
Credito:

Jorge Monroy / El Economista

Frente a la violencia que vive el país, México contará en breve con un nuevo mecanismo de estado de excepción que podrá utilizar el Presidente de la República en casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro.

La reforma constitucional que se presentará mañana en primera lectura en el Senado, ya aprobada por la Cámara de Diputados, establece que únicamente el Presidente de la República, de acuerdo con la PGR y el Congreso, “podrá restringir o suspender en todo el país o en un lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías que fuesen obstáculo para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación; pero deberá hacerlo por un tiempo limitado, por medio de prevenciones generales y sin que la restricción se contraiga a determinada persona”.

Se establece que los derechos que no podrán ser restringidos ni suspendidos en caso de una declaratoria de estado de excepción son: los relativos al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez; los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura, así como las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

Ordena que la declaratoria de estado de excepción “debe estar fundada y motivada”, y deberá ser sólo por un plazo definido. Asimismo, la acción será vigilada por la SCJN.

jmonroy@elecnomista.com.mx


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