14 de septiembre de 2010

ABUSOS DE CFE SON LEGALIZADOS POR LA SUPREMA CORTA QU VUELVE A LAS ANDADAS

“Blindan” a CFE para cortar luz


“Blindan” a CFE para cortar luz
Escrito por El Universal
Lunes, 13 de Septiembre de 2010 13:37
Lunes 13 de septiembre de 2010
Carlos Avilés | El Universal
caviles@eluniversal.com.mx

Esto significa que no tiene caso ampararse contra cobros injustificados ni ningún otro tipo de abuso.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación blindó a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en contra de las inconformidades que se generen en los próximos días entre la población, por los cortes de luz que haga debido a la falta de pago del servicio que brinda.
Los ministros emitieron un par de tesis con base en las cuales determinaron que el corte o suspensión del fluido de energía eléctrica contratado con la CFE, por falta de pago oportuno, no puede ser impugnado mediante un juicio de amparo.
Con esta decisión cancelaron uno de los medios jurídicos con los que contaban los particulares y las empresas para defenderse de los cobros excesivos de luz y frenar la suspensión del servicio.
De enero a julio de 2010, la Procuraduría Federal del Consumidor recibió 5 mil 332 quejas por cobros indebidos, en contra de la CFE.
Para blindar a la CFE los ministros dieron marcha atrás a una serie de criterios que había emitido la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia desde 2000, en el sentido de que bastaba el recibo de la luz, con el aviso de la inminente suspensión del servicio, para poder tramitar un juicio de amparo.
En al menos tres ocasiones (2000, 2002 y 2004) los ministros de la Segunda Sala habían emitido tesis que garantizaban que cualquier usuario del servicio de la CFE pudiera ampararse ante los posibles cortes de luz, principalmente, generados por la falta de pago ante cobros excesivos del servicio.
En días recientes, los ministros aprobaron dos tesis, derivadas de la contradicción 318/2009, en las que resolvieron que “de una nueva reflexión, esta Segunda Sala concluye que el corte o suspensión del fluido de energía eléctrica contratado, por falta de pago oportuno, no puede ser considerado, por esa sola circunstancia, un acto de autoridad para los efectos del juicio de amparo”.



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