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* Acciones, ritmo y cronograma de las 5 principales tareas de nuestro movimiento en materia de organización, "su difusión intensa es clave para lograr el objetivo y también para romper resistencias internas"
* Formato de Afiliación 2013 e Instructivo Afiliación 2013 serán "nuestras principales herramientas de trabajo" durante la Campaña Nacional de afiliación.
Bases:
CONVOCATORIA A LA CONSTITUCIÓN DE LAS ASAMBLEAS Y DE LOS COMITÉS EJECUTIVOS EN LOS ÁMBITOS MUNICIPAL, DELEGACIONAL Y EN EL EXTRANJERO DEL MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL.
El Comité Ejecutivo Nacional de Movimiento Regeneración Nacional, con fundamento en el Punto número 1 del Plan de Acción presentado por el Presidente del Consejo Nacional y aprobado por el Consejo Nacional el 20 de noviembre de 2012.
C O N V O C A
A la ciudadanía en general, a los jóvenes desde 15 años de edad de los Estados Unidos Mexicanos y a los miembros y simpatizantes de Movimiento Regeneración Nacional, en pleno ejercicio de sus derechos políticos, a participar en la constitución de las Asambleas Municipales, Delegacionales en el Distrito Federal y de Migrantes y Residentes Mexicanos en el Extranjero, que a su vez elegirán a los integrantes de los Comités Ejecutivos en esos lugares, bajo las siguientes
B A S E S
Se constituirán las Asambleas en los ámbitos Municipal, Delegacional en el Distrito Federal y de Migrantes y Residentes Mexicanos en el Extranjero y éstas a su vez, elegirán a los Comités Ejecutivos de Movimiento Regeneración Nacional.
La Asamblea Municipal, Delegacional en el Distrito Federal y de Migrantes y Residentes Mexicanos en el Extranjero, es la autoridad de MORENA en el ámbito territorial a que corresponda.
El Comité Ejecutivo Municipal, Delegacional en el Distrito Federal y de Migrantes y Residentes Mexicanos en el Extranjero es el responsable de coordinar, convocar, conducir y concretar las metas de MORENA.
I. La organización, convocatoria, desarrollo y conclusión de las Asambleas constitutivas en las que se elegirán los Comités Ejecutivos Municipales / Delegacionales / Extranjero, será responsabilidad de los Comités Ejecutivos Estatales, a través de las Secretarias de Organización y de los Coordinadores Distritales electos en los pasados Congresos de MORENA, para lo cual podrán apoyarse en los integrantes de nuestro Movimiento que participaron y/o colaboraron en los pasados Congresos Distritales.
II. En el caso de las Asambleas en el extranjero la Secretaria de Migrantes y Residentes Mexicanos en el Extranjero hará las veces de “Comité Ejecutivo Estatal”; en consecuencia, también será responsable de la organización y desarrollo de las Asambleas constitutivas en las que se elijan a los Comités Ejecutivos de MORENA en el extranjero.
I. Los RESPONSABLES, elaborarán un calendario en el que se determinen lugar, fecha y hora de celebración de las Asambleas Municipal/Delegacional/Extranjero en todos los municipios del Estado o del territorio correspondiente para el caso del extranjero. El Comité Ejecutivo Estatal enviara al Comité Ejecutivo Nacional, el calendario de Asambleas constitutivas a través de las Secretarías de Organización respectivas antes de que concluya el año en curso.
II. El lugar, fecha y hora de la Asamblea constitutiva deberá difundirse ampliamente, al menos con un mes de anticipación, con el objeto de que participe el mayor número de personas.
III. Independientemente del calendario de formación de comités, que deberán llevar a cabo los RESPONSABLES, el Presidente del Consejo Nacional de MORENA asistirá a la toma de protesta de 251 Comités Ejecutivos Municipal / Delegacional considerando una Asamblea por distrito bajo el programa adjunto.
I. Podrán solicitar su registro en el proceso de constitución de las Asambleas y elección de los Comités Ejecutivos Municipal / Delegacional / Extranjero todos los ciudadanos y jóvenes desde 15 años de edad que expresen con total libertad su convicción y deseo de participar activamente en MORENA.
II. También podrán solicitar su registro a la Asamblea constitutiva todos los integrantes de MORENA que han participado en las distintas etapas de nuestro movimiento como: Representantes del Gobierno Legítimo, Protagonistas del Cambio Verdadero, Representantes de Casilla, Representantes Generales, Coordinadores de Representantes Generales, integrantes de Comités Municipales, Seccionales, de Base y Círculos de Estudio. Para ello, el Comité Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Organización, pondrá a disposición de los Comités Ejecutivos Estatales la base de datos de los miembros de MORENA registrados hasta antes del proceso electoral, con el fin de garantizar que tengan conocimiento del proceso.
III. Todos los ciudadanos registrados a las asambleas municipales deberán ser residentes del municipio en donde se realicen.
IV. No podrán aspirar a integrar el Comité Ejecutivo Municipal/Delegacional/Extranjero quienes fueron recientemente electos como Coordinadores Distritales, integrantes del Consejo Estatal y Delegados efectivos al Congreso Nacional de MORENA así como integrantes de los Comités Ejecutivos Estatal y Nacional.
V. La Secretaria de Organización Nacional pondrá a disposición de los RESPONSABLES el formato de registro que deberá ser debidamente llenado y firmado por los interesados.
VI. El registro se realizará de manera personal e individual. No se aceptarán representantes en ningún caso ni corporativismo de ninguna índole. Tampoco se reconocerán facciones, corrientes o grupos.
VII. El registro estará abierto desde la publicación de esta Convocatoria y hasta la hora señalada para el inicio de la propia asamblea. El trámite podrá realizarse en las oficinas de MORENA en el municipio/delegación/extranjero, así como en parques, mercados, plazas públicas, puntos de encuentro de la población o en los lugares que determinen los responsables, en las fechas y horas que señalen para ello.
VIII. Los lugares, fechas y horas en que se realizará el registro en espacios públicos, deberán difundirse cuando menos con una semana antes del inicio y hasta el cierre del mismo, mediante: volanteo, perifoneo, pega de carteles, redes sociales, invitación personal vía telefónica o visita domiciliaria.
IX. Los RESPONSABLES integrarán una lista de asistencia un día antes de la asamblea con los nombres y apellidos de quienes solicitaron su registro. El día de la asamblea se abrirá el registro mínimo dos horas antes de la hora señalada para el inicio de la misma y concluirá en el momento en que el Presidente de la mesa directiva anuncie la primera llamada, según la base SEXTA apartado V de esta Convocatoria.
La lista de asistencia servirá para confirmar la presencia e identificación de los participantes y acreditarlos como integrantes de la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero.
Sólo los participantes que aparezcan en la lista de asistencia tendrán VOZ Y VOTO en la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero.
X. Para los comités en el extranjero de MORENA ya existentes y que no cuenten con un lugar donde sesionar, los participantes podrán registrarse a través de las redes sociales que los RESPONSABLES determinen.
I. Los aspirantes deberán llenar una solicitud de registro en la que se especifique:
1. Apellidos y nombre completo
2. Lugar y fecha de nacimiento.
3. Domicilio y tiempo de residencia en el mismo.
4. Teléfono fijo, celular, caseta o cualquier otro en el que se le pueda localizar o dejar recado.
5. Ocupación.
6. De la credencial de elector: clave de elector, OCR (número vertical que aparece al reverso de la credencial de elector) y sección electoral.
7. De identificaciones no oficiales: todos los datos incluidos en la misma y cualquier número de folio que contenga.
8. Cualquier identificación para el caso de las y los jóvenes de entre 15 y 18 años.
9. Correo electrónico (si cuenta con él).
II. El registro se acompañará de copia del anverso y reverso de la credencial para votar o de cualquier otra credencial con fotografía (licencia de conducir, credencial escolar, pasaporte, cédula profesional, cartilla militar, tarjeta INAPAM-INSEN, otras). En caso de que exista impedimento para obtener una copia al momento de solicitar el registro, los RESPONSABLES tendrán hasta cuarenta y cinco días después de la Asamblea para completar el expediente con la copia correspondiente.
En caso de que la credencial de elector se encuentre en trámite, será válido el comprobante expedido por el Instituto Federal Electoral (IFE) hasta en tanto se reciba la credencial.
III. En el caso de los mexicanos residentes en el extranjero que no cuenten con credencial de elector, cualquier otra identificación con fotografía (licencia de conducir, tarjeta de seguro social, pasaporte, escolar, del lugar donde trabajan, etc.) del país en el que residan, será válida.
IV. El registro debidamente llenado y firmado se considerará como renuncia expresa a la afiliación a cualquier partido político.
V. Quedan excluidos aquellos a quienes se les haya comprobado actos de corrupción, violación a los derechos humanos y sociales o actividades delictivas.
I. La instalación y trabajos de las Asambleas Municipal / Delegacional / Extranjero serán conducidos por una Mesa Directiva integrada por un presidente, un secretario y dos escrutadores.
II. El Presidente fungirá como moderador de la Asamblea constitutiva. El Secretario levantará un acta circunstanciada de la sesión en la que se incluya: lista de asistencia, elección e integración de la Mesa Directiva; instalación, discusión y votaciones de la Asamblea; registro, elección, resultados e integración de los Comités Ejecutivos Municipal / Delegacional / Extranjero.
III. El Comité Ejecutivo Estatal nombrará a uno de sus integrantes o a uno de los Coordinadores Distritales como Presidente de la Mesa Directiva y éste, a su vez, nombrará al secretario y a los dos escrutadores de entre los Coordinadores Distritales y/o los integrantes de la Asamblea que manifiesten su voluntad de participar.
IV. El encargo de los integrantes de la Mesa Directiva sólo durará el tiempo que lleve la sesión de la Asamblea constitutiva y no podrán aspirar a integrar el Comité Ejecutivo Municipal / Delegacional / Extranjero.
V. El día señalado para la celebración de la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero, el Presidente de la Mesa Directiva hará una primera llamada a la hora marcada para el inicio de la misma, quince minutos después una segunda y quince minutos luego de la segunda llamada, la asamblea se instalará con el número de acreditados presentes en ese momento.
VI. Los acuerdos que adopte la Asamblea Municipal/Delegacional/Extranjero serán válidos con el voto de la mitad más uno de los miembros registrados y presentes al momento de la votación.
VII. La Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero se desarrollará en torno al siguiente orden del día:
1. Acreditación.
Los Responsables instalarán dos mesas de acreditación: una en la que, conforme a la lista de asistencia, se verifique la presencia de los ciudadanos que solicitaron su registro con antelación; la segunda para registrar a quienes se presenten el día de la asamblea, utilizando el formato de registro y la lista de asistencia en la que se deberán reservar espacios en blanco. Sin excepción para la entrega de la acreditación, se deberá presentar una identificación con fotografía. Una vez acreditado, el asambleísta recibirá la boleta correspondiente.
2. Verificación de quórum para sesionar como se señala en la base SEXTA apartado V de esta CONVOCATORIA.
3. Integración de la Mesa Directiva de la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero.
4. Constitución e Instalación de la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero. El presidente de la Mesa Directiva tomará la protesta a los asistentes acreditados para declararlos asambleístas e instalar la Asamblea Municipal / Delegacional / Extranjero.
5. El Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea dará lectura al mensaje del Presidente del Consejo Nacional de MORENA.
6. Elección del Comité Ejecutivo Municipal / Delegacional / Extranjero. El Comité Ejecutivo Municipal / Delegacional / Extranjero se integrará por una Presidencia y las Secretarías General, de Organización, de Formación y Capacitación Política, de Comunicación y Propaganda y de Finanzas. Ampliar el número de secretarías es una decisión que deberá tomarse por la asamblea y no podrán ser más o diferentes a las de los Comités Ejecutivos Estatales.
El procedimiento de elección se llevará a cabo de la siguiente manera:
a. El registro de aspirantes a integrar el Comité Ejecutivo Municipal / Delegacional / Extranjero se hará ante la Mesa Directiva de la Asamblea, pudiendo hacerlo cualquier participante acreditado, salvo las excepciones que esta convocatoria prevé.
b. El presidente de la Mesa Directiva informará a la Asamblea el número y nombre de los aspirantes para cada encargo.
c. Cada aspirante se dirigirá a la Asamblea hasta por dos minutos para promover su postulación. En ningún momento podrá hacerse proselitismo, ni distribuirse documentos o propaganda a favor de ningún aspirante.
d. La votación se realizará encargo por encargo de manera libre, secreta y en urnas.
e. Cada asambleísta podrá votar por una persona para cada encargo, en el formato de votación que se le proporcionó para el efecto al momento de acreditarse.
f. Los escrutadores de la Mesa Directiva contarán los votos emitidos. Ganará en cada encargo de responsabilidad, quien obtenga el mayor número de votos.
g. El secretario recibirá los resultados, los dará a conocer a la Asamblea y los anotará en el acta de la sesión, para que el presidente de la Mesa Directiva llame a firmar el acta de la sesión a quienes resultaron electos. El presidente, el secretario y los escrutadores firmarán también el acta para darle validéz a la elección.
7. Toma de protesta a los integrantes del Comité Ejecutivo Municipal / Delegacional / Extranjero, con excepción de los 251 Comités Municipales a los que tomará protesta el Presidente del Consejo Nacional de MORENA, mismos que podrán constituirse antes de la fecha señalada en el Anexo 1 de esta CONVOCATORIA para entrar en funciones de manera inmediata.
8. Clausura de la Asamblea.
9. Himno Nacional.
SÉPTIMA: La fecha límite para constitución de los Comités Ejecutivos Municipales / Delegacionales / Extranjero de todo el país, es el último día del mes de septiembre del año dos mil trece.
OCTAVA: Todos los miembros de los Comités Ejecutivos Estatales y Municipal / Delegacional / Extranjero y los coordinadores distritales se abocarán a la conformación de los comités seccionales o de base en colonias, barrios, unidades habitacionales, centros de trabajo, de estudio, rancherías y pueblos.
En el caso de migrantes y residentes mexicanos en el extranjero, harán lo propio adaptado a las circunstancias propias del país donde se conformen.
Los miembros de las Asambleas Municipales serán coadyuvantes en la conformación de los comités seccionales o de base en: colonias, barrios, unidades habitacionales, rancherías y pueblos, centros de trabajo y de estudio, por lo que deberán integrarse a alguno de estos comités, de acuerdo a la forma de asociación con la que se identifiquen e informarlo al Comité Municipal. De igual manera participarán en los trabajos de organización, concientizaciòn y formación política de nuestro Movimiento. Así mismo deberán reunirse periódicamente para evaluar los resultados y demás acciones que sean necesarias, según las directrices que marque el Consejo Nacional a través de los Comités Ejecutivos Nacional y Estatal.
En diciembre de dos mil trece deberán estar constituidos el 50% de los comités seccionales correspondientes a cada municipio.
NOVENA: Lo no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Ejecutivo Estatal correspondiente.
MOVIMIENTO REGENERACIÓN NACIONAL / COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
10 DICIEMBRE 2012
Documentos anexos (PDF):
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