17 de diciembre de 2012

Oficio de Papel » El Servicio Profesional de Carrera • Los despidos en la alta burocracia

Reunión del Presidente Calderón con el Preside...
fecal y titino ¿pactarian impunidad? (Photo credit: Gobierno Federal)
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El Servicio Profesional de Carrera
• Los despidos en la alta burocracia
• Impunidad para hijos de políticos

Como cada sexenio ocurre, la llamada “alta burocracia” será renovada en su totalidad. Sobre todo ahora cuando el cambio de gobierno implica la alternancia con un partido distinto en el poder. De tal manera que los panistas no sólo quedarán desempleados, sino que por primera vez podrán serán sometidos a una verdadera rendición de cuentas ante órganos de control y justicia manejados por un partido opositor, es decir el del PRI.Despachos de abogados ya se frotan las manos por los jugosos contratos que cobrarán a exburócratas que serán llevados a juicio por sus pésimas administraciones y el consabido delito de peculado (desvío de recursos públicos). Despachos de contadores y administradores también son buscados para ordenar cuentas públicas mal hechas y corregir números que exhiben a servidores públicos en desgracia.

A esa “alta burocracia” del gobierno federal le llegó la hora de rendir cuentas y de separarse del cargo para permitir que el equipo priista de Enrique Peña Nieto asuma la responsabilidad. Los cambios de funcionarios iniciaron desde el primero de diciembre, con la llegada del nuevo mandatario, pero son tantos los nombramientos en la burocracia que éstos continuarán aún entre enero y junio del próximo año. Por lo pronto, miles de empleados federales también quedarán desempleados.

De acuerdo con la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, las causas de separación del servicio público sólo pueden ocurrir por renuncia, defunción, sentencia que implique privación de libertad, incumplimiento de las obligaciones que la Ley le asigna, por hacerse acreedor a sanciones establecidas en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos que impliquen separación del servicio o reincidencia, por no aprobar en dos ocasiones la capacitación obligatoria o su segunda evaluación de desempeño y, finalmente, cuando el resultado de su evaluación del desempeño sea deficiente, por lo que no contempla la separación por cambios administrativos. Hasta aquí estarían amparados los trabajadores contratados por el servicio profesional de carrera.

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