Por ley, el 31 de agosto debe estar resuelto juicio contra elección: TEPJF
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación subrayó que la ley le ordena resolver el juicio contra la elección presidencial a más tardar el 31 de agosto (y emitir sentencia antes del 6 de septiembre).La Coalición Movimiento Progresista ha solicitado al tribunal que ordene la realización de un procedimiento extraordinario de fiscalización para acelerar la indagatoria de los gastos de campaña del priísta Enrique Peña Nieto o en su defecto, se tome el tiempo necesario, después del 6 de septiembre, para analizar todas las pruebas de presuntos ingresos y erogaciones ilegales del candidato priísta.
Sin embargo, a razón de una solicitud de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales para obtener copia certificadas de las actuaciones del juicio de inconformidad en referencia, el tribunal indica:
Con fundamento en los artículos 99, párrafo cuarto, fracción II, de la Constitución Política; 186 y 189 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, así como artículos de la ley de medios de impugnación “se informa que corresponde a esta sala superior resolver, en única instancia, a más tardar el 31 de agosto del año de la elección del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, las impugnaciones que se promuevan con motivo de tal elección”:
Unas vez resueltas las impugnaciones, añade se debe realizar el cómputo nacional de la elección par proceder inmediatamente a su calificación y, en su caso, hacer la declaración de validez de los comicios.
“Conforme a lo antes expuesto esta comisión instructora está llevando a cabo las actuaciones para, en tiempo y forma, poner en estado de resolución el juicio al rubro indicado”, responde el tribunal en un acuerdo con fecha 14 de agosto.
En esta misma explicación a la Fepade los magistrados informan que no es posible entregar a esa instancia, dependiente de la Procuraduría General de la República, las 2 mil 435 tarjetas de la tienda Soriana, presentadas como prueba por parte de la Coalición Movimiento Progresista porque estos plásticos fueron remitidos a la Unidad de Fiscalización del Instituto Federal Electoral.
Lo que sí permitió el tribunal a la Fepade es que sus agentes consulten, en las propias instalaciones de la sala superior del TEPJF la información del juicio de inconformidad interpuesto por la coalición que postuló a Andrés Manuel López Obrador.
La Fepade había enviado diversos oficios al tribunal para tener acceso a otros documentos e incluso las tarjetas Monex.
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