2 de agosto de 2012

Código Electoral de Veracruz, retroceso democrático: Artículo 19

Código Electoral de Veracruz, retroceso democrático: Artículo 19:
México, 2 Ago. (Notimex).- El Código Electoral de Veracruz, votado por unanimidad el pasado lunes, restringe la libertad de expresión, circunstancia que vulnera la democracia en el estado, consideró la organización Artículo 19.
“La ley propuesta por el gobernador (Javier) Duarte y votada en el Congreso apuesta a un estado de restricción de la libertad de expresión y, por tanto, a una entidad menos democrática, responsabilidad que recae no sólo en el gobernador sino en todos los partidos representados en el Congreso local”, manifestó.



En un análisis previo, Artículo 19 señaló que la legislación electoral viola preceptos internacionales sobre libertad de expresión a través de restricciones que impactaban el debate público, al inhibirlo.
Criticó que “supuestamente” los legisladores locales atendieron las críticas al nuevo ordenamiento legal, sin embargo mantuvieron los artículos “preocupantes” en el cuerpo del Código Electoral y sólo procedieron a su cambio de lugar.
“No deja de ser revelador que el estado más violento contra la prensa y donde la impunidad está institucionalizada, sea hoy el que a través de la vía de una reforma pretenda legalizar su actuación en contra de una prensa crítica”, señaló en un comunicado.
El organismo internacional abundó que “al mismo tiempo esta reforma aleja de una deliberación, de problemas públicos, sana y necesaria a la política local”.
Ejemplificó su aseveración con el 78 fracción V de la iniciativa, que obliga a agrupaciones políticas abstenerse de “cualquier expresión que implique diatriba, calumnia, infamia, difamación o que denigre a ciudadanos, instituciones públicas o a otros partidos y sus candidatos” texto que quedó en el dictamen como el artículo 81 fracción V.
Artículo 19 expuso que aunque existe la prohibición en el derecho internacional, la contratación de publicidad tendente “a una forma de colegiación obligatoria” se mantuvo en el código, sólo modificando su lugar del artículo 48 al artículo 50.
El mismo caso ocurrió en el numeral 81 referente a las encuestas, pues se trasladó la ubicación de esa regulación a los artículos 84 a 87; “reiteramos nuestra opinión de la necesidad de justificar el periodo de veda para la difusión de encuestas”.
De acuerdo con el artículo 87 del dictamen, ésta es durante los seis días previos a la elección y hasta después de las 20:00 horas del día de la jornada electoral.
Para Artículo 19, esa “ambigüedad” de las disposiciones aprobadas por todos los partidos políticos en Veracruz “envía un mensaje contra la libertad de expresión en un tema especialmente protegido por el derecho internacional de los derechos humanos, como es el debate público electoral”.
En este sentido exhortó al gobernador Javier Duarte de Ochoa a no sancionar y publicar el nuevo Código Electoral de Veracruz, hasta que se hayan resuelto los artículos “que transgreden los límites permisibles al ejercicio de la libertad de expresión”.



Fuente: Notimex



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