10 de octubre de 2010

PROCESO: Hacia un Estado autoritario

Hacia un Estado autoritarioJorge Carrasco Araizaga 

Para el expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, Sergio García Ramírez, las reformas a las reformas judiciales con las que se está enredando el gobierno mexicano –incluida la del mando policiaco único– de poco van a servir si no se combate la impunidad. Por eso el Congreso tiene que legislar para que el país cumpla sus compromisos internacionales en derechos humanos, y el gobierno rectificar su estrategia contra la criminalidad. Cuando un Estado empeña todos sus recursos en una “solución” de fuerza y no obtiene resultados en un tiempo razonable, dice el jurista, “debemos preocuparnos”, sobre todo si echa mano de “instrumentos autoritarios”.

El expresidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y actual investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la UNAM, Sergio García Ramírez, advierte que el Estado mexicano muestra cada vez más signos autoritarios, ya que el gobierno, presionado por la inseguridad, ha optado por la fuerza, la reducción de garantías y la centralización del poder policial sin intentar siquiera abatir la impunidad. 
Ante esa tendencia, señala, el Congreso no puede legislar como si el país viviera tiempos de guerra, dándole a la policía o a las Fuerzas Armadas atribuciones que no están en la Constitución; al contrario, tiene que hacer reformas para que México cumpla sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
Procurador General de la República entre 1984 y 1988, durante 12 años juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de los cuales cuatro la presidió (entre enero de 2006 y diciembre de 2009), García Ramírez señala que la crisis de inseguridad no es un argumento válido para excluir de responsabilidad a ninguna autoridad en la violación de derechos humanos: “Los excesos son los excesos y se tienen que castigar, no dentro de unos años, sino de forma inmediata”.
Asegura que las sentencias condenatorias de la Corte Interamericana contra el Estado mexicano se tienen que cumplir porque son vinculantes, y para hacerlo es necesaria una legislación para aplicar esas resoluciones.
García Ramírez, miembro del Sistema Nacional de Investigadores, señala que, ante la “creciente y generalizada delincuencia”, el Estado mexicano “está bajo muchísima presión, como no lo había estado en muchos años, pero en modo alguno podemos decir que está derrotado o rebasado; aunque tampoco puede cantar victoria”. 
Sobre los casi 30 mil muertos que ha dejado la violencia del narcotráfico, considera que “la situación no se puede comparar con una guerra civil, pero los saldos se asemejan en sangre derramada, números de muertos y personas heridas. Los resultados son desalentadores”.
García Ramírez evita referirse de manera directa al presidente Felipe Calderón o a sus principales colaboradores en seguridad y justicia, pero sus críticas a la estrategia contra la delincuencia son directas. 
Cuestiona que no se hiciera caso de las peticiones para rectificar la estrategia contra la criminalidad con medidas sociales y que en cambio se haya privilegiado el uso de la fuerza: “Esta parte del ejercicio del poder, que tiene que ver con los instrumentos más duros y severos de los que dispone el Estado para perseguir y sancionar a los delincuentes, tampoco ha sido la más afortunada”.
Asegura que cuando un Estado empeña todos sus recursos en una falla de este tipo y no puede salir adelante en un tiempo razonablemente largo, “debemos preocuparnos”; sobre todo, cuando utiliza instrumentos de un Estado autoritario, y “hemos dado pasos en esa dirección”.
Ubica el inicio de esa tendencia en 1996, en el gobierno de Ernesto Zedillo, cuando se expidió la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. 
“Han pasado 15 años, un tiempo razonable para ver los efectos. Es una legislación cuya aplicación, se ofreció, sería exitosa porque con ella se frenaría el crecimiento del crimen organizado. A mí me pareció que esa ley incluía componentes sumamente equivocados, autoritarios, que no tendría un buen destino porque terminaría siendo un engendro que acabaría por contaminar el sistema.”
Señala: “La ley contra la delincuencia organizada no tuvo éxito, pero en ese momento no se tocó la Constitución. Sin embargo, bajo el actual gobierno, en 2008, hubo una reforma penal que rescató el espíritu y mucho de la letra de esa ley. Y ahora tenemos en nuestra Constitución, merced a ese rescate de elementos indeseables, un doble sistema penal”.
Por una parte, explica, tenemos un sistema penal con garantías y derechos en un orden jurídico penal de condición democrática; pero por la otra tenemos ya instalado un derecho de calidad autoritaria que ha significado una reducción de garantías y un cercenamiento de derechos que le dan al Estado discrecionalidad para operar.
“Hay una doble cara constitucional en la cual prevalece lo democrático y garantista, pero el Constituyente permanente ha introducido replanteamientos perniciosos en la Constitución, como el sistema de prisiones especiales. Además, le dio marcha atrás a la ejecución de penas en lugares cercanos a los domicilios, en los casos de delincuencia organizada y de otros internos que merezcan un tratamiento especial, sin decir en qué consiste el control especial. Ya se empezó a franquear la puerta al autoritarismo”, asegura.
La reforma penal no sólo introdujo en la Constitución el arraigo –que había sido resuelto como inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación–, sino que facultó al Ministerio Público local para adoptar esas medidas mientras entra en vigor el sistema acusatorio. 
–El gobierno federal dice que esas medidas se han tenido que tomar porque en el pasado se dejó crecer el problema. 
–Aceptemos que los desastres del presente son el producto de los errores del pasado. Atravesemos toda la historia y desembarquemos en 2008, cuando se hizo la reforma judicial. Concedido: todo lo que no se hizo en el siglo XIX y en el XX culmina en lo que no se está haciendo en el XXI.
“Los errores de hoy se tienen que resolver hoy, y para eso se ejerce el poder, no para decir: ‘El desastre que estoy administrando es heredado’. Además, no lo es, porque lo que antes pasaba no es comparable con lo que pasa ahora, ni remotamente. Pero si esto tranquiliza algunas conciencias, empecemos por Guadalupe Victoria o Agustín de Iturbide.”
A dos años de la reforma judicial, asegura, se ha visto que los efectos no han sido buenos. “Es obvio que los resultados no han sido los apetecidos y ahora tienen que hacer ajustes en poco tiempo, como la reforma constitucional adicional en materia de mando policiaco o la ley antisecuestros. Quiere decir que tropezamos o que por lo menos fuimos poco previsores y tenemos que hacer reformas a las reformas”.
En cuanto a la reforma policial presentada el miércoles 6 por Calderón para crear un mando único policial, García Ramírez dice que con una modificación constitucional para centralizar el poder de la policía pasaría lo mismo que con la figura del arraigo. 
Es verdad, dice, que hacen falta coordinación y control policial, lo mismo que un cerebro rector en materia de policía, pero ojalá que la concentración de mando no nos lleve a un resultado igual que con la policía fragmentada, que cayó en manos incompetentes o comprometidas con la delincuencia, “de lo contrario, habríamos puesto la Iglesia en manos de Lutero”. 
Es de elemental sentido común pensar que las bandas criminales querrán tomar esas estructuras policiales para conducirlas como ya lo hacen con las actuales estructuras, sean policiales, penitenciarias o persecutorias, afirma.
García Ramírez, cuyas materias de investigación en el IIJ son la justicia penal, la reforma penal y la legislación internacional en derechos humanos, dice que las nuevas reformas impulsadas por Calderón son soluciones “fragmentarias, espasmódicas, a veces anecdóticas de los problemas que surgen en el camino”. 
Y pregunta: “¿Cuál es la política de Estado en la que se meten todos estos ajustes? Tendría que decir que esa política no la conocemos o, en el peor de los casos, no existe”. 
En su opinión, prevalecen la urgencia, la zozobra, la exasperación social que le dice al Estado: “Toma medidas enérgicas”. El deber del político sería encauzar esa exasperación de un modo racional y eficaz, pero con frecuencia se responde de manera automática: “Está bien, me pides más rigor: que suban las penas”, olvidando que el problema fundamental es la impunidad, no la levedad de las penas, que cuando son severas son cadenas perpetuas veladas. 
Si en un espacio de impunidad se modifican las penas, sólo se actúa en un pantano de ilusiones. Las cifras de impunidad que se han difundido son altísimas, entre 90 y 98 o 99%. “Cuando se tiene ese problema, todo lo demás que se haga para modificar el procedimiento, o juicios orales o sistema acusatorio, no funciona porque no se ataca el problema”.
La reforma penal de 2008 introdujo los llamados juicios orales, que a decir de García Ramírez “se han enarbolado como una bandera casi redentora”, pero en realidad sólo significan que ciertas actuaciones procesales se realizan de viva voz y no por escrito, además de la inmediación entre el juez y el inculpado, la recepción directa por parte del juez de la prueba y la publicidad. Eso ya estaba en la Constitución, pero se ha desarrollado en el artículo 20. “No lo cuestiono porque tiene grandes ventajas sobre la escritura, la ausencia del juez y el secreto”, aclara.
Además de subrayar que los propios autores de la reforma reconocieron que el término de juicios orales era mercadotécnico y atiende más a la economía procesal que a la justicia, indica que las estadísticas internacionales muestran que sólo 10% de los casos se resuelven mediante oralidad. 
“Se necesita que el sistema de composiciones entre el Ministerio Público, la víctima y el victimario funcione muy bien porque entre 80 y 90% de los casos es por la vía de los arreglos. Es una justicia negociada. Los casos de juicio completo ante un jurado son muy pocos, como los que salen en la televisión y que seguramente son los que vieron los reformadores.”
Dice que cuando se hizo la reforma penal de 2008, sus autores dijeron que los problemas fundamentales que había que corregir con una gran reforma eran la impunidad, la corrupción, la ineptitud de organismos y el envejecimiento del aparato normativo. “Lo aprobado lo único que atacó fue lo más fácil: el envejecimiento del marco normativo”. 
Para el exjuez internacional, se requiere de mucho más que una reforma constitucional para abatir la impunidad: “Se tiene que mejorar la investigación, la persecución y el juzgamiento, lo cual requiere de una profunda reforma en los órganos y en los métodos a cargo de la investigación, persecución y enjuiciamiento. Esos males están dispersos en distintas instituciones y organismos, y deben ser atendidos de manea simultánea”. 
Observa que, como resultado de esa reforma, se ha diluido la autoridad del Ministerio Público sobre la investigación y la policía: “Todos los días vemos que las investigaciones, las capturas, las recepciones de pruebas no se realizan necesariamente en el espacio del Ministerio Público, sino en otros espacios institucionales (como el Ejército, la Marina o la Policía Federal). En el mejor de los casos, el Ministerio Público recibe el resultado de esas investigaciones, pero ya no es el único órgano que controla y responde por las investigaciones”.
“Al Ejército y a la Marina se les ha convocado, y no digo que se les excluya: sería muy peligroso prescindir de ellos en este momento, pero quisiera ver a un Ministerio Público cada vez más poderoso y a una policía investigadora, judicial o ministerial, o como se le quiera llamar, cada vez más eficiente y suficiente que reasuma sus funciones de persecución y permita que las Fuerzas Armadas reasuman las funciones que son las suyas.”
Comprende que, ante una situación de tremenda crisis, el poder civil ha convocado a las Fuerzas Armadas para que lo auxilien, “pero en un régimen como el nuestro, la situación, aun siendo de emergencia, tiene que desarrollarse en el marco de la ley fundamental porque no estamos en suspensión de garantías”.
Ante la propuesta de Calderón y las Fuerzas Armadas para reformar la Ley de Seguridad Nacional y legalizar la participación de los militares en tareas de seguridad interior, el exjuzgador de la Corte Interamericana asegura que el Congreso “no puede inventar atribuciones de la autoridad que no tengan sustento en la Constitución”, y agrega que, incluso en el artículo 21 constitucional reformado, esa atribución le corresponde al Ministerio Público, ahora junto con la policía. 
“Lo que hay que ver es hasta dónde, dentro del marco constitucional, puede una autoridad militar o policial que interviene en seguridad pública, colaborar y contribuir en acciones de prevención o de persecución. Pero esto no descarta a la autoridad suprema, que es civil. 
“Me resisto a pensar que los militares vayan a actuar de propia autoridad, sin ningún control, sin ninguna responsabilidad y sin la rendición de cuentas posterior. Esto constitucionalmente no es posible”, afirma.
No es extraño que se solicite la participación de los militares, pero tiene que ser en los espacios de cada autoridad y de respeto a los derechos humanos. “Estamos en tiempos de paz y sin suspensión de garantías. No es una situación de guerra. Sería peligroso que para proteger los derechos de los ciudadanos se dejen en suspenso los derechos ciudadanos”.
Para evitar que eso ocurra y para que se reduzcan las tentaciones autoritarias con el pretexto de la criminalidad, dice que se debe modificar el artículo 29 constitucional a fin de que no se puedan suspender los derechos a la vida, la integridad personal ni las garantías judiciales bajo ninguna circunstancia.
A su juicio también deben modificarse otros preceptos constitucionales en materia de derechos humanos “para que el Estado mexicano cumpla sus compromisos internacionales”, por lo menos el Pacto Internacional de Derechos Humanos y la Convención Americana de Derechos Humanos.
Las modificaciones, añade, deben incluir el cumplimiento de las sentencias de tribunales internacionales de derechos humanos, pues éstas son vinculantes. “Nos falta legislación de implementación de las resoluciones. Es un fenómeno nuevo relativamente para nosotros, que en muchos países de América Latina se ha resuelto sin traumas”.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuya jurisdicción fue reconocida por México en 1998, ha emitido ya varios fallos contra el Estado mexicano, “y seguro va a haber más”, como ha ocurrido en otros casos. En el caso de Europa, por ejemplo, todos los países han sido llevados ante la Corte Europea de Derechos Humanos. “No hay ofensa. El Estado mexicano no tiene que ponerse la camiseta de quienes violan derechos humanos”, afirma.
Las condenas al Estado mexicano en la Corte Interamericana fueron por las violaciones a los derechos humanos cometidas por miembros del Ejército y por la aplicación del fuero de guerra en esos casos.
La primera de esas resoluciones, por aplicar el fuero militar en el caso de la desaparición forzada de Rosendo Radilla en 1974, a manos de efectivos castrenses, “estaba cantada”, dice el jurista, porque la Corte Interamericana se había pronunciado en el mismo sentido años atrás en relación con el mismo problema en otros Estados. “Es un criterio jurisprudencial tradicional, constante y arraigado”, explica.
Si el problema radica en una ley, lo natural es modificarla para que desaparezca el problema. En este caso es el artículo 57 del Código de Justicia Militar: “Si el Estado mexicano incumple, quedamos en una situación de falta grave ante el orden jurídico internacional”. 
Aclara que no se pretende desaparecer el fuero de guerra, que es para casos de faltas o delitos contra la disciplina militar. Eso no se cuestiona. 

¡Es un Honor Estar con Obrador!

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