13 de marzo de 2010

VATICANO HIPÓCRITA: ASI ENCUBRE MAS DE 3MIL CASOS QUE APENAS RECONOCEN EN EL IMPERIO ATROZ

El fiscal vaticano para la pedofilia reconoce 3.000 casos en ocho años · ELPAÍS.com


La Oficina de Información de la Santa Sede ha lanzado hoy en varios idiomas una entrevista publicada por el diario Avvenire, de la Conferencia Episcopal Italiana, con Charles J. Scicluna, promotor de justicia de la Congregación vaticana para la Doctrina de la Fe, sobre el rigor de la Iglesia en los casos de abusos. Publicamos el diálogo mantenido con el periodista Gianni Cardinale.



Monseñor Charles J. Scicluna es el "promotor de justicia" de la Congregación para la Doctrina de la Fe. Prácticamente se trata del fiscal del tribunal del antiguo Santo Oficio, cuya tarea es investigar los llamados delicta graviora, los delitos que la Iglesia católica considera absolutamente los más graves, es decir: contra la Eucaristía, contra la santidad del sacramento de la Penitencia y el delito contra el sexto mandamiento ("No cometerás actos impuros") por parte de un clérigo con un menor de 18 años.

Delitos que, con un motu proprio de 2001, Sacramentorum sanctitatis tutela, ha reservado como competencia a la Congregación para la Doctrina de la Fe. De hecho el "promotor de justicia" es el encargado, entre otras cosas, de la terrible cuestión de los sacerdotes acusados de pedofilia que salta periódicamente a las páginas de los medios de comunicación. Y monseñor Scicluna, un maltés afable y cordial, tiene fama de cumplir la tarea encomendada con absoluto escrúpulo y sin distinciones de ningún tipo.

PREGUNTA: Monseñor, usted tiene fama de "duro", y sin embargo se acusa sistemáticamente a la Iglesia católica de ser tolerante con los llamados "curas pedófilos".

RESPUESTA: Puede ser que en el pasado, quizá también por un malentendido sentido de defensa del buen nombre de la institución, algunos obispos, en la praxis, hayan sido demasiado indulgentes con este tristísimo fenómeno. En la praxis, digo; porque en el ámbito de los principios la condena por esta tipología de delitos ha sido siempre firma e inequívoca. Por lo que respecta solamente al siglo pasado, basta recordar la famosa instrucción Crimen Sollecitationes de 1922.

P: ¿Pero no era de 1962?

R: No; la primera edición se remonta al pontificado de Pío XI. Más tarde, con el beato Juan XXIII, el Santo Oficio se ocupó de una nueva edición para los padres conciliares, pero la tirada fue solo de dos mil copias que no bastaron para la distribución, aplazada sine die. De todas formas, se trataba de normas de procedimiento en los casos de solicitudes durante la confesión y de otros delitos más graves de tipo sexual como el abuso sexual de menores.

P: Sin embargo, eran normas en las que se recomendaba el secreto...

R: Una mala traducción en inglés de ese texto dio pábulo a que se pensara que la Santa Sede imponía el secreto para ocultar los hechos. Pero no era así. El secreto de instrucción servía para proteger la buena fama de todas las personas involucradas, en primer lugar las víctimas, y después los clérigos acusados, que tienen derecho -como cualquier persona- a la presunción de inocencia hasta que se demuestre lo contrario. A la Iglesia no le gusta la justicia concebida como un espectáculo. La normativa sobre los abusos sexuales no se ha interpretado nunca como prohibición de denuncia a las autoridades civiles.

P: No obstante, ese documento sale siempre a relucir para acusar al pontífice actual de haber sido -como prefecto del antiguo Santo Oficio- el responsable objetivo de una política de encubrimiento de los hechos por parte de la Santa Sede.

R: Es una acusación falsa y una calumnia. En propósito me permito señalar algunos datos. Entre 1975 y 1985 no resulta que se haya sometido a la atención de nuestra congregación ningún aviso de casos de pedofilia por parte de clérigos. De todas formas, tras la promulgación del Código de Derecho Canónico de 1983 hubo un período de incertidumbre acerca del elenco de delicta graviora reservados a la competencia de este dicasterio. Sólo con el motu proprio de 2001 el delito de pedofilia volvió a ser de nuestra exclusiva competencia. Desde aquel momento el cardenal Ratzinger demostró sabiduría y firmeza a la hora de tratar esos casos. Más aún. Dio prueba de gran valor afrontando algunos casos muy difíciles y espinosos, sine acceptione personarum. Por lo tanto, acusar al pontífice de ocultación es, lo repito, falso y calumnioso.

P: ¿Qué pasa si un sacerdote es acusado de un delictum gravius?

R: Si la acusación es verosímil el obispo tiene la obligación de investigar tanto la credibilidad de la denuncia como el objeto de la misma. Y si el resultado de la investigación previa es atendible, no tiene ya la facultad de disponer en materia y debe referir el caso a nuestra Congregación, donde será tratado por la oficina disciplinaria.

P: ¿Quienes forman parte de esa oficina?

Junto a mí, que por ser uno de los superiores del dicasterio debo ocuparme de otras cuestiones, hay también un jefe de oficina, el padre Pedro Miguel Funes Díaz, siete eclesiásticos y un penalista laico que siguen esos procedimientos. Otros oficiales de la congregación dan su valiosa aportación según sus diversos idiomas y competencias.

P: Se dice que esa oficina trabaja poco y con lentitud...

R: Es una observación injusta. En 2003 y 2004 una avalancha de casos cubrió nuestras mesas. Muchos procedían de Estados Unidos y se referían al pasado. En los últimos años, gracias a Dios, el fenómeno se ha reducido mucho. Y, por tanto, intentamos tratar los casos nuevos en tiempo real.

P: ¿Cuántos han tratado hasta ahora?

R: En los últimos nueve años (2001-2010) hemos analizado las acusaciones relativas a unos 3.000 casos de sacerdotes diocesanos y religiosos concernientes a delitos cometidos en los últimos cincuenta años.

P: Es decir, ¿3.000 casos de sacerdotes pedófilos?

R: No es correcto definirlo así. Podemos decir que, grosso modo, en el 60% de esos casos se trata más que nada de actos de "efebofilia", o sea, debidos a la atracción sexual por adolescentes del mismo sexo; en otro 30% de relaciones heterosexuales y en el 10% de actos de pedofilia verdadera y propia, esto es, determinados por la atracción sexual hacia niños impúberes. Los casos de sacerdotes acusados de pedofilia verdadera y propia son, entonces, unos trescientos en nueve años. Son siempre demasiados, es indudable, pero hay que reconocer que el fenómeno no está tan difundido como se pretende.

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