9 de marzo de 2010

RICARDO MONREAL AVILA: El PRIAN en su laberinto

El PRIAN en su laberinto | Ediciones Impresas Milenio


El PRIAN en su laberinto
Ricardo Monreal Ávila
2010-03-09•Acentos

Compartir
Recomendarvotar ahora
Todo político que se dé a respetar
debe violar sus pactos. (1)
En política, sólo los (tont)ejos dejan
por escrito sus (tont)ejadas. (2)
Gonzalo N. Santos

Los funcionarios federales sólo pueden realizar aquellas funciones que expresamente les mandata la Constitución (artículo 124). Ni en la Carta Magna ni en el texto vigente de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, específicamente en ninguna de las 32 funciones que el artículo 27 asigna expresa y puntualmente a la Secretaría de Gobernación, aparece el de fungir como “testigo de honor” de pacto alguno entre fuerzas políticas. Mucho menos, el de promover, atestiguar, avalar o sancionar alianzas o pactos electorales, ya que esto, en todo caso, es competencia exclusiva del IFE.

La presencia del secretario de Gobernación del gobierno federal y del secretario de Gobierno del Estado de México, con sus respectivas firmas estampadas en el pacto suscrito entre los dirigentes nacionales del PRI y el PAN el 30 de octubre de 2009, pudo haber quedado en una extralimitación de funciones o competencias. Pero esa falta deviene en violación y atropello grave de la Constitución, cuando la contraprestación de ese pacto para evitar alianzas electorales entre partidos con ideologías “contrarias” en una entidad federativa, fue la aprobación de una Ley de Ingresos cuyo diseño y contenido es facultad exclusiva, intransferible e inalienable de un poder distinto al Ejecutivo, el Congreso de la Unión (artículos 73 y 74). Es decir, al fungir como “testigos de honor” de un pacto en el que esencialmente se intercambiaron impuestos federales por protección política local, los secretarios de gobierno de la Federación y del Estado de México no sólo se extralimitaron en sus funciones, sino que usurparon las de otro poder constitucional.

Ahora bien, el hecho de que este acuerdo se haya firmado en la sede oficial de la Secretaría de Gobernación, en día y hora hábil (y no, por ejemplo, en el Café La Habana, testigo mudo de muchos pactos de honor entre la clase política, a deshoras de oficina, hasta los años 80), le otorga a los funcionarios federal y estatal algo más que el rango de simples observadores o fisgones de ocasión. Ambos fungieron como “albaceas” o personas encargadas de cumplir y vigilar el cumplimiento de la última voluntad de lo pactado, a grado tal de rebasar el papel de testigos de ocasión.

Esto fue especialmente notorio en el caso del secretario Gómez Mont, quien en su carta de renuncia al PAN argumentó explícitamente la existencia de “razones que me veo obligado a no revelar por discreción profesional”, siendo la profesión públicamente acreditada en ese momento la de secretario de Gobernación y no la de “testigo de honor”, la cual por cierto ni a profesión llega.



¡Es un Honor Estar con Obrador!

No hay comentarios.:

Publicar un comentario

#Dontriananews gracias por escribirnos