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| Consignan federales a quienes traen chuecos |
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Blanca Carmona
El Diario | 14-03-2010 | 00:05 | Local |
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Elementos de la Policía Federal están consignando ante el Ministerio Público (MP) federal a los dueños de automóviles “chuecos” bajo cargos de contrabando.
Lo anterior, a pesar de que al inicio de las inspecciones a vehículos sin placas y/o con vidrios polarizados, se anunció que no se procedería legalmente contra los propietarios y que en los operativos sólo iban en busca de delincuentes.
Sin embargo, desde hace 15 días los guiadores que son detenidos conduciendo autos sin matrícula, o bien con placas expedidas en el extranjero, y que no muestran el pedimento de importación, son presentados ante la autoridad federal acusados del delito de contrabando, confirmó una fuente al interior de la Secretaría de Seguridad Pública Federal.
Se estima que por día al menos cinco personas son aseguradas y puestas a disposición del Ministerio Público.
A su vez, el Ministerio Público de la Federación da parte al personal de la Aduana Fronteriza y le entrega los vehículos, para que inicie un Procedimiento Administrativo en Materia Aduanera (PAMA) en contra de los detenidos, el cual les es notificado hasta 24 horas después, indicó el informante.
“Se está deteniendo a las personas cuyos carros no portan placas o bien que presentan matrículas americanas, y si no acreditan la propiedad con el título o el pedimento de importación o bien si no acreditan ser residentes norteamericanos, se ponen a disposición de la Procuraduría General de la República (PGR). Este delito no es grave, alcanzan fianza”, agregó.
No obstante, debido a que la respuesta de la Aduana tarda como mínimo 24 horas, los propietarios de los vehículos son recluidos en las celdas de la delegación estatal de la Procuraduría General de la República sin importar que haya en las mismas delincuentes peligrosos, como narcotraficantes o traficantes de personas, entre otros, expuso la fuente.
Una situación delicada que se presenta es que en esas celdas no se hace una separación de los hombres y las mujeres, se les encierra sin distingo en un mismo espacio, aseguró.
La fianza, dijo el informante, se fija hasta que se tiene la notificación de la Aduana, por lo que todas las personas a las que les son asegurados sus vehículos, forzosamente enfrentan un mínimo de 24 horas de reclusión.
De acuerdo con el Código Fiscal Federal, en su artículo 103 Fracción 2, se presume el delito de contrabando cuando se encuentren vehículos extranjeros fuera de una zona de 20 kilómetros en cualquier dirección contados en línea recta a partir de los límites extremos de la zona urbana de las poblaciones fronterizas, sin la documentación aduanera que acredite su legal estancia.
Por lo anterior, las detenciones que se llevan a cabo dentro de los límites de la ciudad son ilegales, violentándose así el derecho al libre tránsito de las personas.
El 14 de febrero pasado, varias unidades de la Policía Federal llegaron a Ciudad Juárez para comenzar a inspeccionar automotores sin placas y/o con vidrios polarizados.
En aquella ocasión el vocero de la Operación Coordinada Chihuahua (OCCH), Enrique Torres Valadez, aseguró que las acciones no estaban dirigidas al decomiso de autos chuecos, por lo que los agentes no iban a sancionar o retener los vehículos con este estatus y tampoco a ejercer acción penal contra los particulares.
“Es para buscar presuntos delincuentes, no se va contra la población civil y no tiene nada que ver con los chuecos. El propósito es buscar en ese tipo de vehículos sin matrículas a conductores y personas que cometan ilícitos”, afirmó en aquella ocasión el portavoz.
Como parte de las acciones anunciadas por el presidente de la República, Felipe Calderón Hinojosa, para rescatar Ciudad Juárez las autoridades han dado a conocer que trabajan en la implementación de un proceso de regularización. Sin embargo, a la fecha no hay un acuerdo específico.
De acuerdo con datos del Ayuntamiento de Juárez, en la ciudad circulan 50 mil unidades sin regularizar. Las cuales se subdividen en cuatro grupos: los vehículos sin placa ni documentación, los vehículos que tienen pedimento de importación, los automóviles con placas norteamericanas y las unidades que ya fueron fronterizadas, pero que por comodidad sus dueños prefieren transitar sin placas.
Pagan mordida o multa
Además de violentar las leyes, las autoridades federales han incumplido el ofrecimiento hecho por el Presidente de la República de solucionar el problema de los autos chuecos en esta frontera al detener a quienes circulan en vehículos sin placas para acusarlos de contrabando.
Según el presidente de la Barra y Colegio de Abogados de Ciudad Juárez, Oscar Acosta, otra de las afectaciones a la población juarense es a sus bolsillos, pues la obligan a pagar elevadas multas. Incluso afectados aseguran que han tenido que pagar hasta 10 mil pesos a policías federales para evitar ser llevados ante la Aduana y ante jueces de Distrito.
Acosta mencionó que el delito de contrabando genérico se regula en el artículo 102 del Código Fiscal Federal, en el que se define al ilícito como la introducción de mercancías sin hacer los respectivos pagos, sin el permiso de la autoridad correspondiente y de importación prohibida.
No obstante, para que se dé el delito, dijo, las autoridades fiscales tienen que acreditar que la persona que conduce el vehículo lo introdujo al país.
“No es lo mismo que una persona esté conduciendo un vehículo en la ciudad y que lo haya introducido. La introducción es cruzar el puente con la intención de que ese auto permanezca de forma permanente en México.
Lo que ellos están tratando de decir con las detenciones es que esa persona lo metió al país”, refirió. “La carga de la prueba es para las autoridades fiscales, son ellos los que tienen que comprobar el delito y no el ciudadano”, expresó.
“Definitivamente, se está violentando la ley, porque no se puede detener a una persona si realmente no comete el delito, entonces cómo acredita la autoridad federal que la persona lo introdujo al país. No puede detenerlo, pero de todos modos hacen la consignación”, señaló. | | | | | | | | | |
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