Minera San Javier: Victoria revertida
Verónica Espinosa
La justicia mexicana al fin le dio la razón a las organizaciones civiles que mantuvieron durante 10 años un litigio judicial contra la Minera San Xavier. El costo fue alto: por oponerse a la destrucción del Cerro de San Pedro, los activistas enfrentaron presiones del gobierno local, burocratismo federal y agresiones físicas de emisarios de la empresa. Con todo, el sistema judicial le otorgó a la minera protección contra su propia sentencia. Así, continúa el daño ecológico, que de por sí parecía irremediable.
SAN LUIS POTOSÍ, SLP, 14 de enero (Proceso).- A la comunidad de Cerro de San Pedro ya nada más le quedó el nombre, pues el emblemático cerro que la resguardaba, y que es aún imagen del escudo de la ciudad, está hecho pedazos.
Han desaparecido bocaminas que databan de la época prehispánica, cuando los indígenas chichimecas explotaban el oro de San Pedro antes del arribo de los españoles, así como otras de la Colonia. Ahora son más altos los montículos de desechos depositados al costado de los restos del cerro como parte del proceso de lixiviación en la mina a tajo abierto que opera la compañía Minera San Xavier, filial de la canadiense New Gold.
El daño es casi irreparable. Los cauces de los arroyos aledaños son bloqueados por los taludes que se levantan alrededor de lo que queda del cerro de San Pedro, donde se concentran los desechos que no tienen mineral, pero sí sulfuros que escurrirán al paso de las lluvias.
Las familias están divididas; los escasos pobladores se enfrentan entre sí; unos quieren preservar la comunidad y su entorno ecológico –incluyendo el agua para el valle donde está la capital del estado–, mientras que otros reconocen la necesidad de los empleos que ofrece la empresa minera.
Pasaron diez años para que, en una resolución judicial sin precedente, un tribunal mexicano ordenara a una dependencia del gobierno federal el cierre definitivo de la operación de Minera San Xavier (Proceso 1592) por haber obtenido de manera ilegal el permiso de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).
El vasto expediente del caso ya fue declarado patrimonio jurídico de la nación, debido a sus peculiaridades y a los precedentes que ha sentado en ese tipo de asuntos.
El delegado de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) en el estado, Alfredo Sánchez Azúa, no tuvo más remedio que cumplir la instrucción del titular de la dependencia, Patricio Patrón Laviada, de cerrar la mina, pues la procuraduría ya había incurrido en incumplimiento de la resolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
Como resultado del juicio de nulidad 170/00-05-02-9/634/01-PL-10-QC-DA, el pleno de la Sala Superior de ese tribunal emitió el 21 de septiembre un fallo que señala:
Toda vez que es fundada la queja que se resuelve… se deja sin efectos la resolución de autorización condicionada al proyecto minero, a favor de Minera San Xavier, S.A. de C.V., emitida por el Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, y se otorga a éste, quien incurrió en incumplimiento a la sentencia dictada por este órgano jurisdiccional el 5 de octubre de 2005, el término de VEINTE DÍAS para que emita y notifique a la parte actora la resolución a través de la cual dé el debido cumplimiento a la sentencia…
A partir de este fallo, el titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Semarnat, Eduardo Enrique González Hernández, notificó a su vez el 12 de noviembre a Luis Rodolfo Rodríguez, representante legal de Minera San Xavier:
Se deja sin efectos la autorización en materia de impacto ambiental, emitida por esta Dirección General, mediante oficio S.G.P.A./DGIRA. DG0567 /06 de fecha 10 de abril de 2006, a favor de la empresa Minera San Xavier, S.A. de C.V., para el desarrollo del proyecto minero metalúrgico denominado “Cerro de San Pedro”, en una superficie total de 363.089 hectáreas con ubicación en los Ejidos Cerro de San Pedro, Cuesta de Campa, Palma de la Cruz y varias propiedades localizadas en la Comunidad de La Zapatilla, en el Municipio de Cerro de San Pedro, estado de San Luis Potosí, el cual consiste en la explotación del yacimiento de oro y plata, por el método convencional de minado de tajo a cielo abierto, utilizando para su beneficio el proceso de lixiviación en montones con soluciones de baja concentración de cianuro de sodio y para el proceso de recuperación, una planta de tipo “Merril Crowe” que utiliza zinc en polvo para la precipitación de los metales y su posterior refinación en un horno de fundición tipo rotatorio, para finalmente obtener el concentrado metálico.
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