Reelección municipal
Miguel Angel Granados Chapa
Periodista | 05-01-2010 | 21:11 | Opinión
Distrito Federal– En su proyecto de reforma política, el presidente Calderón colocó en primer lugar una enmienda al artículo 115 de la Constitución para “dejar en libertad a las legislaturas locales y a la Asamblea del Distrito Federal para poder establecer la elección (sic, por reelección) consecutiva de los Alcaldes y demás miembros de los Ayuntamientos, así como de los Jefes Delegacionales” en la ciudad de México.
“Con ello –razonó el Ejecutivo– aumentaría la calidad de la gestión municipal porque, por una parte, daría a los alcaldes, regidores y jefes delegacionales una mayor capacidad de gestión, mayor tiempo para impulsar programas de gestión de largo aliento, como deben ser los programas de infraestructura o las reformas integrales a los cuerpos policiacos en esas demarcaciones”.
Ese argumento es falaz o por lo menos insuficiente. Si fuera verdadero, en vez de proponer la reelección de los funcionarios mencionados, sería mejor recomendar a las legislaturas locales reformar las leyes que establecen el periodo de tres años de gobierno y su ampliación a cuatro, cinco o más. Proyectar el razonamiento a los otros niveles de gobierno implicaría proponer la reelección de gobernadores y del Presidente de la República. A todas luces, una vez cumplida la primera mitad del periodo sexenal de Calderón sin que se aproxime siquiera a la reforma integral de los cuerpos policiacos federales, que siguen funcionando entre tentaleos organizativos, sería preciso que el Presidente pudiera ser reelegido en 2012.
Calderón escogió mal el caso de la reorganización policiaca municipal como razón para que los munícipes puedan reelegirse. Su secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y el propio Calderón ha difundido su idea de cancelar las policías municipales y encargar sus funciones a las agencias estatales de seguridad pública. A menos que la reforma anunciada hace tres semanas suponga el retiro de la propuesta de disminuir a sólo 32 los cuerpos locales de policía, los alcaldes y restantes miembros del ayuntamiento ya no necesitarían ser reelegidos para reformar sus agencias policiacas, porque carecerían de ellas.
Con la reforma calderoniana, dice su difusor (que no autor) “se fortalecería la rendición de cuentas, porque los funcionarios que deseen continuar en su encargo tendrán que justificar con acciones su trabajo y con rendición de cuentas ante los ciudadanos, quienes a través de su voto podrán premiar o castigar su desempeño”.
El argumento es también endeble, por varias razones. Parte de un olvido: la autoridad municipal es un órgano colectivo, el cuerpo llamado Ayuntamiento, compuesto por un presidente municipal, síndicos y regidores. La elección es por planillas, y al integrarse como órganos de gobierno los ayuntamientos se componen de los miembros de las planillas triunfadoras y de otros integrantes, por la vía de la representación proporcional. De manera que la reforma municipal en pos de la reelección tendría que redefinir el carácter de la autoridad municipal y modificar su carácter colectivo, que le viene de una secular tradición comunitaria.
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